
18 May ¿Me puedo desgravar el seguro de salud?
La desgravación del seguro médico, ahorro fiscal para ti, tu familia y tus empleados.
La fiscalidad del seguro de salud contempla ventajas fiscales para autónomos, pymes y empresas que contraten un seguro de salud. La desgravación del seguro médico te permitirá ahorrar en tu declaración de la renta o en el impuesto de sociedades:
- Si eres autónomo en régimen de estimación directa, tu seguro de salud es un gasto deducible. La deducción del seguro médico aplicable es la correspondiente a la prima de tu seguro, la de tu cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan contigo y que no perciban ingresos por un importe superior al establecido en la ley, hasta un máximo de 500 € por cada uno de vosotros (en caso de que alguno de los miembros tenga reconocida una discapacidad este se límite se amplia a 1500 €) y un máximo de 4500 € por la suma de todos vosotros. La deducción por tu seguro de salud va a reducir la base imponible. Por ejemplo, si has percibido 20000 € en tu actividad económica y tienes contratado un seguro médico para ti, tu mujer y tus dos hijos, os podréis deducir de 2000 € en la base imponible. Por tanto, el tipo impositivo del impuesto que se te aplica será el que corresponda al tramo correspondiente a 18000 € (en vez del de 20000 €).
- Las pymes y empresas sujetas al impuesto de Sociedades podrán deducirse el 100% del gasto abonado por la empresa en los seguros médicos de sus empleados como gasto social en el impuesto de sociedades. Por tanto, se restará de los beneficios obtenidos por la empresa.
- Para los empleados que reciben el seguro médico por parte de su empresa como parte de su retribución, no tendrá la consideración de retribución en especie el importe de la prima del seguro de salud, y por tanto estarán exento de tributación, las primas satisfechas por la empresa para él, su cónyuge e hijo menor de 25 años que convivan (menores sin ingresos superiores a los indicados en la ley que convivan con él) siempre que no excedan de 500 € por persona. En caso de que la prima del seguro sea por un importe mayor de 500 €, lo primeros 500 € estarían exentos de tributación, y el resto tributaría con rendimiento en especie.
La regulación fiscal puede variar en alguna Comunidades Autónomas y puede ser objeto de reformas legislativas, por lo que te recomendamos que consultes esta información con tu asesor o gestor o en todo caso, con la Agencia Tributaria para tener esta información siempre actualizada.
El seguro de salud Adeslas : Beneficios fiscales, laborales y sociales para ti, tu negocio o tu empresa.
Cada vez más empresas aprovechan las ventajas que ofrece la retribución flexible, sustituyendo parte de la retribución dineraria por productos y servicios con importantes ventajas fiscales como el seguro de salud.
- Es una herramienta de negociación salarial. El seguro de salud es el beneficio social más valorado y más demandado por los empleados según el barómetro de seguros de salud 2018.
- Mayor productividad y mayor competitividad de tu negocio: Mayor satisfacción de tus empleados y mayor compromiso con tu empresa que se traduce en mayor productividad.
- Reducción del absentismo laboral y las bajas laborales: acceso rápido y sin demora a médicos, especialistas, pruebas diagnósticas, urgencias, hospitalizaciones, etc.
- Fidelización: Mayor grado de satisfacción, motivación y compromiso.
- Captación y retención del talento en tu negocio.
- Mejora del clima laboral y la relación con tus empleados.
- Mejora la imagen social de tu empresa transmitiendo una imagen de empresa socialmente comprometida y avanzada.
- Conciliación: favorece la conciliación laboral y familiar de tus empleados.
- Desgravación del seguro médico de salud.
Seguros de salud Adeslas para autónomos, Pymes y Empresas.
Contrata ya tu seguro de salud Adeslas y disfruta ya de todas estas ventajas fiscales, laborales y sociales.
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Para más información y consultas de cómo desgravar seguro médico privado contacta con la Agencia Tributaria:
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*Prima de recibo (con recargos e impuestos incluidos y aplicado un 13% de descuento) mensual válida hasta la renovación para pólizas de 0 a 4 asegurados de entre 0 y 54 años contratadas entre el 01/08/2019 y el 31/12/2019 en modalidades que incorporen cobertura de «Salud y dental». Promoción no compatible con otras campañas o promociones. Consulta el resto de tarifas disponibles.
**Prima de recibo (con impuestos y recargos incluidos) con un tomador que sea persona física menos de 45 años dado de alta en el RETA , para nuevas contrataciones de Adeslas Negocio Persona Física realizadas hasta el 31/12/2019 y aplicable hasta la siguiente renovación del seguro. Posibilidad de conseguir por el contratante un abono en cuenta de hasta 100 € por asegurado siempre que se contraten los seguros de «asistencia sanitaria» y «dental» o un seguro de «asistencia sanitaria» con cobertura dental. Si únicamente se contrata un seguro de «salud» o «dental» se podrá conseguir un abono en cuanta de 25 € en el caso de seguros «dental» o de hasta 75 € en el caso de seguro de «asistencia sanitaria dependiendo de la modalidad contratada. Consulta el resto de condiciones en nuestras oficinas.