17 Abr Adeslas Protección de pagos.
Adeslas es Más, Adeslas Protección de Pagos.
Adeslas Protección de pagos es un servicio incluido en pólizas sanitarias con cobertura completa, gama Plena y algunas modalidades de pólizas de salud dirigidas a autónomos y pymes*, que te permite beneficiarte de no pagar la prima de tu seguro de salud durante un tiempo determinado debido a las dificultades derivadas de algunas situaciones que dificultan al asegurado el pago del recibo de su seguro de salud y que tiene especial relevancia en las circunstancias actuales en la que muchas familias se han visto afectadas por las consecuencias del Covid-19 (desempleo, incapacidad temporal, incapacidad permanente absoluta o fallecimiento).
Protección de Pagos por incapacidad temporal y desempleo.
Esta prestación cubre el pago de los recibos mensuales por un período de 6 meses en casos de despido o incapacidad laboral del tomador de la póliza.
Requisitos para solicitarlo:
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- Lo pueden solicitar tomadores de las pólizas de salud mayores de 18 años y menores de 65.
- En el supuesto de despido deben ser trabajadores por cuenta ajena con contrato indefinido de más de 13 horas semanales.
- El supuesto de incapacidad temporal (imposibilidad de ejercer su profesión por accidente o enfermedad común o laboral) es para trabajadores por cuenta propia.
- Para solicitarlo es necesario estar durante 30 días consecutivos en desempleo o incapacidad temporal (situación que se produce con una baja médica o laboral).
Limitaciones:
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- La edad del tomador debe estar entre 18 y 65 años.
- Hasta un máximo de 6 meses o mensualidades.
- Máximo 6.000 € por siniestro.
- Una vez que se hayan abonado 6 mensualidades no se cubrirá de nuevo hasta que hayan transcurrido los siguientes plazos.:
- Es necesario que el tomador esté vinculado a una nueva relación laboral al menos de 6 meses para solicitar la protección de pagos por desempleo.
- Es necesario que transcurran 6 meses desde la fecha de alta de la incapacidad laboral si la causa es distinta o un mes si es la misma causa.
Protección de pagos por incapacidad permanente absoluta o fallecimiento.
Esta prestación cubre el pago de las mensualidades de tu póliza de salud por un período de 12 meses, independientemente del nº de personas que se encuentren inscritas y por un máximo de 3.000 € por siniestro en el caso de incapacidad permanente absoluta o fallecimiento del tomador, para pólizas de dos o más asegurados.
La incapacidad permanente absoluta es una situación física irreversible provocada por un accidente o enfermedad que inhabilita que inhabilita por completo al trabajador para cualquier trabajo, ocupación o actividad remunerada.
Requisitos para solicitarlo:
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- Esta prestación cubre a los tomadores de pólizas de salud de dos o más asegurados.
- El tomador debe ser mayor de 18 años y menor de 70 en el caso de fallecimiento.
- En caso de fallecimiento por accidente cubre a los mayores de 70 años hasta los 99 años.
- El tomador debe ser mayor de 18 años y menor de 65 en el caso de incapacidad permanente absoluta.
Limitaciones:
Únicamente se tendrá derecho a la suma de dos prestaciones, es decir, a disfrutar de la prestación por incapacidad permanente absoluta, y posteriormente la prestación por fallecimiento, cuando se den los siguientes condicionantes:
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- Debe haber transcurrido un mínimo de 24 meses desde la fecha de la resolución de la incapacidad permanente absoluta y la fecha del fallecimiento.
- El fallecimiento debe ser consecuencia de una causa distinta a la incapacidad permanente absoluta.
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*Este servicio no está incluido en las pólizas básicas que no incluyen hospitalización, ni intervenciones quirúrgicas. Si tienes otra modalidad de seguro de salud Adeslas Completa diferente a la gama Plena contacta con tu oficina Adeslas para que comprueben si tienes incluido este servicio.
** Prima válida para nuevas contrataciones de asegurados da hasta 44 años de la modalidad Plena Vital contratadas hasta el 31/12/2020 hasta su renovación.